El Libro Registro de Socios es aquél que deben llevar las sociedades limitadas sobre la titularidad de sus participaciones y las operaciones que se realicen sobre las mismas, identificando a sus socios y el número de participaciones que tienen en cada momento cada uno.
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¿Para qué sirve?
El Libro Registro de Socios tiene como objetivo certificar a los socios de la entidad que figuran en él.
En las reuniones de la sociedad, el presidente solo admitirá la presencia y el voto de quienes figuren como socios en el libro registro de socios.
¿En que se diferencian el Libro de Registro de Socios y el Libro de Registro de Acciones Nominativas?
El Libro de Registro de Socios es exclusivo de las Sociedades de responsabilidad Limitada (S.L.), Sociedades Limitadas Laborables (S.L.L.) y Sociedades de Garantía Recíproca (S.G.R.).
El Libro de Acciones Nominativas es obligatorio de las Sociedades Anónimas (S.A.), Sociedades Anónimas Laborables (S.A.L.) y Sociedades Comanditarias por Acciones (S.A.C)
Para ampliar información sobre este libro acceder al siguiente articulo: Libro de Registro de Acciones Nominativas.
¿Qué hacer para rectificar?
El procedimiento para rectificar el libro registro tiene carácter imperativo. Las inscripciones que se estimen falsas o inexactas podrán ser corregidas, tras haber cumplido con los siguientes pasos
- La sociedad debe informar el inicio del procedimiento a los interesados.
- Los socios interesados hayan sido informados de la intención de proceder en tal sentido.
- Dichos socios no hayan manifestado su oposición durante los treinta días siguientes a la antedicha notificación.
- Si algún socio se opone se debe acudir a los tribunales para proceder a la rectificación.
- En caso de que la inscripción anotada sea nula o anulable: la declaración de que el inscrito no era titular no tendrá carácter retroactivo.
- En caso de que la irregularidad afecta al procedimiento de inscripción: los efectos de la rectificación sí tienen carácter retroactivo.
Mientras que no se hayan impreso y entregado los títulos de las participaciones, el socio tiene derecho a obtener certificación de las inscritas a su nombre.
Estructura
El Libro podrá ser de hojas móviles y en el se registran los siguientes datos:
- Nombre o Razón Social: en el caso de las personas físicas, o razón/denominación social, si nos encontrásemos con que el titular es una persona jurídica.
- NIF o CIF
- Nacionalidad.
- Domicilio.
- Saldo de acciones
- Fecha ultima de anotación
- Observaciones.
¿Cuánto tiempo se debe conservar el Libro de Registro de Acciones Nominativas?
El plazo es de 6 años, a contar desde la cancelación de la sociedad salvo lo que se establezca por disposiciones generales o especiales.
En principio, dicho plazo cubre con creces el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias, 4 años. Sin embargo, cuando la prescripción se interrumpe, puede determinar la necesidad de conservar los libros por encima del plazo máximo de 6 años, ya que la obligación tributaria para estos supuestos todavía no ha prescrito.
En el caso de que los libros y documentos tengan relación con un litigio no finalizado o a efectos de auditoría, el plazo de conservación debería extenderse más allá de los seis años.
Para ampliar información sobre la conservación de los libros contables haga clic en el siguiente articulo: ¿Cuánto tiempo se deben conservar los documentos de una empresa?
¿Dónde se legaliza el Libro de Registro de Socios?
El Libro Registro de Socios se legaliza una primera vez de forma telemática en el Registro Mercantil en el momento de constitución de la sociedad.
Si se produce un cambio en la composición de los socios habrá que presentarlo y legalizarlo de nuevo, se dispone de un plazo de 4 meses después de que tuviera lugar el cierre del ejercicio social del año anterior (normalmente, hasta el 30 de abril).
Si no haya cambios en la composición de los socios, no es necesario volver a presentarlo.
Para ampliar información sobre la legalización de los libros contables, se recomienda la lectura del siguiente articulo: ¿Tienes Dudas con la realización de trámites de los libros contables?